Reglamento Delegado (UE) 2024/1141: Nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE

Reglamento Delegado (UE) 2024/1141: Nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE

Reglamento Delegado (UE) 2024/1141: Nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE

El 19 de abril de 2024, se publicó el Reglamento Delegado (UE) 2024/1141 de la Comisión, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Esta normativa actualiza los requisitos específicos de higiene para determinadas carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos.

A continuación, vamos a detallar todos los cambios, agrupados en el Anexo II (Identificación) y Anexo III (alimentos específicos).

Anexo II de la nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE: Reglamento Delegado (UE) 2024/1141

Lo más destacado del anexo II es:

Marcado de identificación

La abreviatura «CE» (Comunidad Europea) se sustituye por «UE» (Unión Europea). Esta modificación es importante para reflejar el cambio de nombre de Comunidad Europea a Unión Europea. Sin embargo, para que los operadores se adapten a este cambio, se establece un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2028. Durante este período, los productos de origen animal marcados con la sigla CE podrán permanecer en el mercado.

Además, se aclara la relación entre la marca de identificación y otras marcas derivadas de la normativa de sanidad animal. Así se evitarán confusiones y se garantizará que los productos de origen animal cumplan con los requisitos de higiene establecidos.

En definitiva, los operadores deberán actualizar sus etiquetas y embalajes para reflejar el cambio de «CE» a «UE» y se establece un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2028 para facilitar la adaptación.

  • Ventajas: Mayor claridad y transparencia en la información al consumidor, mejor alineación con la normativa europea actual.

Anexo III de la nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE: Reglamento Delegado (UE) 2024/1141

Y, lo más destacado del anexo III es:

Carne de ungulados domésticos

Los mataderos móviles deberán ser autorizados en cada Estado miembro en el que lleven a cabo su actividad. Esto es importante para garantizar la trazabilidad de las carnes y poder, así, evitar cualquier riesgo para la salud humana. Además, se permite la combinación de instalaciones móviles y permanentes de sacrificio para cumplir con los requisitos de autorización.

Se incluye la posibilidad de movimientos excepcionales de animales vivos a otros mataderos en caso de avería grave de las instalaciones. Esto es importante para evitar cualquier interrupción en la cadena de suministro de carnes frescas.

Se añaden los ovinos y caprinos a las especies que pueden ser sacrificadas en la explotación de procedencia, con un límite de 9 ovinos o caprinos. Esto permite a los productores de carne de ovino y caprino sacrificar sus animales en la explotación de procedencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos de higiene establecidos.

Un punto destacado es que se ha eliminado el requisito de que el sacrificio se deba llevar a cabo por riesgos para la persona que los maneje y para impedir heridas de los animales durante el transporte, lo que supone que los productores de carne de ovino y caprino podrán sacrificar sus animales de manera segura y humanitaria.

En resumen, los operadores que utilicen mataderos móviles deberán solicitar la correspondiente autorización en el Estado miembro donde operen y se establecen requisitos específicos para el sacrificio de ovinos y caprinos en la explotación de procedencia.

  • Ventajas: Mayor control y trazabilidad de la carne, reducción de riesgos para la salud pública y animal, flexibilización para pequeños productores.

Carne madurada

Se introducen requisitos basados en el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para la carne madurada en seco. La maduración en seco es un proceso que implica la deshidratación de la carne para eliminar el agua y crear un ambiente desfavorable para el crecimiento de microorganismos. Esto es importante para garantizar la seguridad de la carne y evitar cualquier riesgo para la salud humana.

Se define la maduración en seco y se establecen condiciones específicas para la carne de bovino. La carne de bovino es una de las carnes más comunes que se someten a maduración en seco, por lo que es importante establecer condiciones específicas para garantizar la seguridad de la carne.

El tiempo máximo de maduración se limita a 35 días. Esto es importante para evitar que la carne se vuelva demasiado dura o seca, lo que podría afectar su calidad y seguridad.

Los operadores pueden aplicar otros requisitos si demuestran que ofrecen garantías equivalentes sobre la seguridad de la carne. Esto es importante para permitir que los operadores puedan innovar y desarrollar nuevos métodos de maduración en seco que garanticen la seguridad de la carne.

  • Ventajas: Se establecen condiciones detalladas para la carne madurada en seco (limitada a un máximo de 35 días) y, en caso de tener alguna técnica equivalente y segura, los operadores pueden innovar.

Transporte de canales

Se flexibilizan las condiciones para la aplicación de la excepción para el transporte de canales parcialmente refrigeradas. Esto permite que los operadores puedan transportar canales parcialmente refrigeradas de manera segura y eficiente.

Se acepta el transporte en el mismo compartimento con carne que cumpla los requisitos de temperatura reglamentarios, lo que implica permitir que los operadores puedan transportar canales y carne fresca en el mismo compartimento, siempre y cuando se cumplan los requisitos de temperatura establecidos.

Se establecen condiciones de tiempo y temperatura para el transporte de canales, medias canales, cuartos o medias canales cortadas, para garantizar que los canales se transporten a una temperatura segura y que se eviten cualquier riesgo para la salud humana.

De este modo, los operadores podrán beneficiarse de mayor flexibilidad en el transporte de canales parcialmente refrigeradas y se establecen nuevas condiciones de tiempo y temperatura para el transporte de canales.

  • Ventajas: Optimización de la logística y reducción de costes, mayor seguridad alimentaria durante el transporte.

Carne de caza de cría

Se introduce la posibilidad de que las ratites de cría y los ungulados de cría sacrificados en la explotación se transporten a establecimientos de manipulación de caza y no solo a mataderos, para permitir que los productores de carne de caza de cría puedan sacrificar sus animales en la explotación de procedencia y transportarlos a establecimientos de manipulación de caza para su procesamiento.

Así, los operadores podrán transportar aves de cría y ungulados de cría sacrificados en la explotación a establecimientos de manipulación de caza, además de mataderos.

  • Ventajas: Mayor eficiencia en la cadena de suministro de carne de caza de cría, fomento de la producción local y sostenible.

Productos de la pesca

Se permite un aumento temporal de la temperatura de los productos congelados o un descenso de la temperatura de los productos frescos o transformados para facilitar el corte mecánico en rodajas o lonchas, para permitir que los operadores puedan procesar los productos de la pesca de manera eficiente y segura.

En resumen, los operadores podrán aplicar un aumento temporal de la temperatura de productos congelados o un descenso de la temperatura de productos frescos o transformados para facilitar el corte mecánico.

  • Ventajas: Agilización de los procesos de corte y envasado, reducción de mermas y desperdicios.

Leche y productos lácteos

Se establecen alternativas basadas en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) para demostrar que un tratamiento térmico ha sido eficaz. Esto es importante para garantizar que la leche y los productos lácteos sean seguros para el consumo humano.

Los operadores podrán utilizar alternativas basadas en el APPCC para demostrar la eficacia del tratamiento térmico de la leche y productos lácteos.

  • Ventajas: Mayor flexibilidad en la aplicación de sistemas de control de calidad, simplificación de la gestión documental.

Huevos y ovoproductos

Los huevos deben mantenerse libres de olores extraños, ya que puede ser indicativo de una alteración. Sin embargo, se permite que los operadores puedan aplicar de forma intencionada un olor extraño a los huevos para darles un sabor particular, lo que permitirá a los productores de huevos innovar y desarrollar nuevos productos con sabores y aromas únicos.

En definitiva, se mantiene la obligación de que los huevos estén libres de olores extraños, pero se permite la aplicación intencionada de olores para innovar y dar un sabor particular.

  • Ventajas: Se preserva la calidad sensorial de los huevos, se permite la innovación en el desarrollo de nuevos productos.

Conclusión de la Nueva normativa de higiene para carnes, productos de la pesca, productos lácteos y huevos en la UE

En resumen, esta normativa actualiza la normativa de higiene aplicable a los productos de origen animal, teniendo en cuenta la experiencia en su aplicación y las últimas evidencias científicas. Los cambios introducidos en esta normativa tienen como objetivo garantizar la seguridad de los productos de origen animal y proteger la salud humana.

La actualización de la normativa de higiene para productos de origen animal en la UE es un tema de gran importancia para el sector agroalimentario. Es más, diríamos que es fundamental que los profesionales del sector, especialmente los responsables de calidad y de laboratorio, estén informados sobre los cambios introducidos y apliquen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa y la seguridad de los productos que comercializan.

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