La CE ha modificado algunas medidas y requisitos para las inspecciones post mortem de los productos cárnicos y los relativos al control de Salmonella en las inspecciones de carne de porcino.
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado recientemente una serie de Reglamentos para mejorar las inspecciones post mortem y el control de Salmonella.
El nuevo Reglamento (UE) 219/2014 de la CE modifica el anexo I del Reglamento 854/2004 por lo que respecta a los requisitos específicos para la inspección post mortem de los suidos domésticos.
El objetivo es adaptar el Reglamento al dictamen de la EFSA que concluye que, en los cerdos sometidos a sacrificio ordinario, la palpación o las incisiones utilizadas en las actuales inspecciones deben omitirse, ya que el riesgo de contaminación cruzada es más elevado que el riesgo asociado a las posibles deficiencias en la detección de las afecciones que se buscan con estas técnicas. Según la EFSA, este tipo de técnicas manuales se deberían limitar a los cerdos que se consideren sospechosos después del examen visual.
Por otra parte, el Reglamento (UE) 217/2004 de la CE que modifica el Reglamento (CE) 2073/2005 relativo a Salmonella en las canales de porcino, tiene como objetivo prevenir la contaminación de las canales de porcino con Salmonella. En este caso, la EFSA señala Salmonella como un elevado riesgo para la salud pública relacionado con el consumo de carne de porcino y recomienda reforzar los criterios de higiene relativos a Salmonella.
Finalmente, el Reglamento (UE ) 216/2014 que modifica el Reglamento (CE) 2075/2005, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en carne. La finalidad de esta modificación es adaptarse a una recomendación de la EFSA en la que se clasifica la presencia de triquinas como un riesgo medio para la salud pública en relación con el consumo de carne de porcino.
Fuente: www.agromeat.com, www.besana.es.