La Unión Europea ha aprobado la reforma de la Inspección post mortem en mataderos de porcino.
Siguiendo las recomendaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), la Comisión Europea ha determinado que las palpaciones e incisiones que se estaban realizando deberían omitirse, ya que el riesgo de contaminación microbiana cruzada es más elevado que el riesgo asociado a las posibles deficiencias en la detección de las afecciones que se buscan con dichas técnicas.
El nuevo reglamento establece además el control oficial de Salmonella y en caso de incumplimiento, la autoridad competente exigirá un plan de acción que se refiera a las mejoras de las condiciones de higiene.
Referente a los requisitos específicos para la inspección post mortem de los suidos domésticos, se establece como norma general que el veterinario oficial realice la inspección visual y se le otorga la posibilidad de decidir qué palpaciones e incisiones han de llevarse a cabo durante la inspección post mortem, a fin de determinar si la carne es apta para el consumo. No obstante, cuando los datos epidemiológicos u otros datos de la explotación de procedencia, las condiciones de la inspección ante mortem o las normas de bienestar animal apunten a un posible riesgo para la salud pública y animal, el veterinario oficial deberá aplicar cortes y palpaciones.
En este cuadro resumen se muestran las principales modificaciones que han sido introducidas por este último Reglamento.
Esta reforma supone un gran avance y, atendiendo a los informes que ha ido emitiendo la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), se prevé que este cambio irá seguido para las otras especies de manera progresiva.