El pasado 23 de agosto se publicó el Reglamento (UE) 2017/145 de la Comisión, de 23 de agosto de 2017, que modifica el Reglamento (CE) nº 2073/2005 en lo que se refiere a Campylobacter en canales de pollo de engorde.
Esta modificación ha tenido en cuenta el informe de la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) sobre las tendencias y las Fuentes de las zoonosis, los agentes zoonóticos y los brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos, publicado en el 2015.
En este informe se indicaba que la campilobacteriosis humana es la enfermedad humana transmitida por los alimentos más notificada en la Unión, con alrededor de 230.000 casos comunicados cada año.
El estudio de referencia se llevó a cabo en 2008 mataderos con el fin de obtener datos comparables sobre la prevalencia y el nivel de contaminación de los pollos de engorde en la Unión. La EFSA llegó a la conclusión de que las canales de pollo de engorde estaban contaminadas en una media del 75.8%, con variaciones significativas entre los Estados miembros y entre los mataderos.
La EFSA considera que se podría conseguir una reducción de hasta el 50% del riesgo para la salud pública por consumo de carne de pollo de engorde si el límite para las canales se estableciera a 1000 ufc/g para Campylobacter.
Para no aumentar la carga administrativa a los explotadores de las empresas alimentarias, el plan de muestreo para el criterio relativo a Campylobacter podrá seguir el mismo planteamiento que el criterio de higiene del proceso para la salmonela en las canales de aves de corral.
Las mismas muestras de piel del cuello utilizadas para comprobar la conformidad con el criterio de higiene de proceso para la salmonela en las canales de aves de corral se podrán utilizar también para el análisis de Campylobacter.
El método de referencia para el recuento de Campylobacter será el establecido en la norma EN/ISO 10272-2 (Microbiología de los alimentos para consumo humano y animal. Método horizontal para la detección y recuento de Campylobacter spp.).
Existen también métodos alternativos validados según el Standard NF 16140, como los métodos basados en los medios de cultivo cromogénicos, que te permiten obtener resultados de forma más rápida.
El nuevo criterio será aplicable a partir del 1 de enero de 2018, para dar tiempo suficiente a los operadores alimentarios para que adapten sus prácticas actuales a los nuevos requisitos, y puedan aplicar los nuevos métodos de ensayo establecidos
Fuente: www.ainia.com; Aecosan
Fuente imagen: el sitio avícola