Se aprueba el Reglamento (UE) 2016/239 de la Comisión, de 19 de febrero, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1881/2006 por lo que respecta al contenido máximo de alcaloides tropánicos en determinados alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños de corta edad.
El nuevo contenido máximo se establece para los alcaloides tropánicos, atropina y escopolamina, en alimentos elaborados a base de cereales y alimentos para lactantes y niños de corta edad que contengan mijo, sorgo, trigo sarraceno o sus productos derivados.
Nuevos contenidos máximos de alcaloides tropánicos:
- Atropina: 1,0 µg/kg
- Escopolamina: 1,0 µg/kg
En el 2013 la EFSA publicó un comité científico sobre la presencia de alcaloides tropánicos en los alimentos y piensos a raíz del cual se establece el contenido máximo de atropina y escopolamina.
Los alcaloides tropánicos son metabolitos secundarios que se encuentran de forma natural en vegetales de varias familias, entre ellas, de las Brassicaceae, las Solanaceae, las Cucurbitaceaey las Erythroxylaceae. Las plantas más conocidas por su contenido en alcaloides tropánicos son las del género Datura, en concreto las de la especie Datura Stramonium. Las semillas de esta planta se han encontrado como impurezas entre las semillas de lino, soja, sorgo, mijo, girasol y alforfón y sus productos derivados. Estas impurezas no se pueden eliminar con facilidad motivo por el cual puede existir contaminación en los vegetales nombrados anteriormente.
Fuente: REGLAMENTO (UE) 2016/239 DE LA COMISIÓN