Se modifica la regulación para nuevos alimentos

nuevosalimentos

La autorización y utilización de nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios está armonizada en la Unión Europea desde 1997, mediante el Reglamento (CE) nº. 258/97 sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, una norma con casi veinte años de antigüedad.

Con el objetivo de actualizar la regulación, el 11 de Diciembre de 2015 se aprobó el Reglamento (UE) 2015/2283. De acuerdo con este nuevo Reglamento se entiende por nuevo alimento: todo alimento que no haya sido utilizado en una medida importante para el consumo humano en la Unió antes del 15 de Mayo de 1997, con independencia de las fechas de adhesión de los Estados miembros a la Unión, y que esté comprendido por lo menos en una de las categorías siguientes:

1. Alimento con una estructura molecular nueva o modificada intencionadamente.

2. Alimento que consista en microorganismos, hongos o algas o aislado de estos o producido a partir de estos.

3. Alimento que consista en material de origen mineral, o aislado de este o producido a partir de este.

4. Alimento que consista en plantas o sus partes, o aislado de estas o producido a partir de estas.

5. Alimento que consista en animales o sus partes, o aislado de estos o producido a partir de estos

6. Alimento que consista en un cultivo de células o en un cultivo de tejido, derivado de animales, plantas, microorganismos, hongos o algas, o aislado de este o producido a partir de este.

7. Alimento que resulte de un nuevo proceso de producción no utilizado para la producción alimentaria en la Unión antes del 15 de Mayo de 1997, que dé lugar a cambios significativos en la composición o estructura del alimento que afectan a su valor nutritivo, a su metabolismo o al nivel de sustancias indeseables.

8. Alimento que consista en nanomateriales artificiales.

9. Las vitaminas, minerales y otras sustancias utilizadas con arreglo a la Directiva 2002/46/CE, al Reglamento (CE) nº 1925/2006 o al Reglamento (UE) nº 609/2013.

10. Alimento utilizado exclusivamente en complementos alimenticios en la Unión antes del 15 de Mayo del 1997.

Principales novedades

• El reglamento crea un procedimiento de autorización centralizado en el ámbito europeo. Con este cambio se espera simplificar y reducir el tiempo del procedimiento de autorización de un nuevo alimento, de tres años a una media de dieciocho meses.

• Únicamente se autorizará el uso de nuevos alimentos en la UE si no presentan un riesgo para la salud pública, no resultan desventajosos del punto de vista nutricional en el caso de sustituir un alimento similar y no inducen a error al consumidor.

• El nuevo Reglamento también propone pasar de autorizaciones individuales a una autorización genérica, para evitar repeticiones de nuevas presentaciones de solicitudes por parte de diversas empresas para el mismo nuevo alimento.

• Con respecto a los insectos, el nuevo Reglamento establece con claridad que las categorías tienen que cubrir animales enteros y sus partes y están, por lo tanto, sujetos a un procedimiento de autorización.

• Hasta que se adopte una legislación específica sobre clonación, los alimentos derivados de animales clonados quedan sujetos al nuevo Reglamento de nuevos alimentos como alimentos de animales obtenidos mediante prácticas de cría no tradicionales, y se tienen que etiquetar debidamente para el consumidor final, de acuerdo con la legislación vigente de la Unión.

• El Reglamento incorpora la definición de nanomateriales artificiales, los cuales requieren una autorización específica como nuevo alimento antes de ser utilizados en productos alimentarios. La EFSA evalúa la seguridad.

• Con respecto al etiquetado, la norma establece que los nuevos alimentos están sujetos a los requisitos generales de etiquetado establecidos en el Reglamentos (UE) 1169/2011.

Fuente: ACSA

Suscríbete a nuestra newsletter

Flash Call Bioser: Todo lo que necesitas saber en un flash

Cambios norma UNE-EN ISO 11731:2017

ebook legionella cambios Une en iso 11731:2017
ebook legionella cambios Une en iso 11731:2017

FSSC 22000 versión 6 (V6)

FSSC 22000 versión 6 (V6): Nueva versión del estándar FSSC
FSSC 22000 versión 6 (V6): Nueva versión del estándar FSSC

IFS Food versión 8

IFS Food v8: Todas las novedades de la nueva versión de la norma
Todas las novedades de la nueva versión de la norma

BRCGS Food Safety versión 9

BRCGS v9: Nueva versión del estándar BRCGS Food Safety
Nueva versión de la norma

Eurobarómetro 2022 sobre Seguridad Alimentaria

To top